“LA MALDITA 2764”

 

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Ha pasado más de un año desde que la Camara Nacional de Apelaciones del Trabajo bajo la presidencia de la Dra. Beatriz E. Ferdman, mediante Acta CNAT N° 2764, resolvió agravar aún mas el tema de los intereses aplicables a todos los juicios laborales de CABA.

Si bien la misma decidió mantener las tasas de interés que se venían aplicando a los juicios laborales mediante Actas CNAT Nros. 2601/14, 2630/16 y 2658/17, lamentablemente el nuevo acuerdo optó por capitalizar anualmente los intereses desde la fecha de notificación del traslado de la demanda.

Asi los magistrados de la CNAT consideraron necesario pronunciarse respecto del alcance del art. 770 del Código Civil y Comercial de la Nación y por mayoría se resolvió aplicar en materia laboral la capitalización anual del inc. b) de dicha norma.

Como fundamento, la CNAT sostuvo que las tasas de las actas de intereses anteriores no absorbían todo el daño que supuestamente le produce al trabajador la pérdida del valor adquisitivo de la moneda nacional… por ello la nueva Acta 2764 ha incrementado enormemente el impacto del interés resarcitorio sobre cualquier reclamo de índole laboral por la aplicación de anatocismo.

Epilogo:
Con el actual decisorio -desde que el crédito laboral resulte exigible- y hasta la fecha de notificación de demanda, la tasa de interés es la que resulte aplicable de acuerdo a las Actas CNAT 2601/14, 2630/16 y 2658/17, pero a partir de la notificación de demanda, se producirá la capitalización con periodicidad anual hasta la fecha en la que el Juzgado practique la liquidación de la sentencia de condena, si la hay.
En tal sentido, el interés devengado hasta la fecha de notificación de la demanda se deberá sumar al capital y, a partir de ese momento, al cumplirse cada año de la notificación de la demanda, se deberán capitalizar los intereses generados.
Como bien se puede apreciar esta situación está generando un perjuicio muy significativo en todas las empresas y/o PYMES que quedan sumamente incapaces para poder afrontar las sumas actualizadas por la aplicación del Acta 2764.

Solicitud de Revisión:
Con este escenario, el Instituto para el Desarrollo Empresarial de la Argentina (IDEA), la Unión Industrial Argentina (UIA), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Asociación de Fábricas de Automotores (ADEFA) y el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires se presentaron ante la CNAT y ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a fin de solicitar la revisión de la mencionada acta que obviamente establece intereses exorbitantes en todos los juicios laborales.
De igual forma la Sociedad Rural Argentina (SRA), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO) realizaron similares presentaciones acompañando incluso un informe contable respaldatorio, a fin de que se modifiquen los términos del Acta 2764, pero a la fecha, no han obtenido respuesta alguna.

 

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